Desafío identificado de CHILE
El eje temático carece de mucha información, incluso información que sí constaba en el informe anterior, en esta oportunidad no se proporcionó, lo que hace difícil poder evaluar correctamente los avances.
Informe nacional · 4º ciclo CIADDIS-PAD
El informe oficial de Perú fue presentado por Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex). Lo evaluó Chile. Una organización de la sociedad civil presentó además un informe sombra. Del conjunto se extrajeron 4.108 datos cuantitativos, de los cuales 3.704 son utilizables, y 57.173 palabras de texto clasificadas por eje.
Más arriba está lo que este país reportó eje por eje. Si querés una lectura transversal —en qué temas hay sustancia y en cuáles apenas normativa, dónde hay datos y dónde enunciados, qué le señaló la evaluación de pares— la puede generar la inteligencia artificial en este momento.
No es un texto de los Estados, del Comité ni del observatorio: lo escribe una inteligencia artificial cuando apretás el botón, y puede salir distinto cada vez. Lo que reportaron los países está más arriba, con su fuente.
Cada eje muestra primero lo que dice el informe oficial y después lo que dicen las otras voces. Cuando hay desacuerdo, están los dos: este observatorio no elige cuál tiene razón.
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
El derecho a una educación inclusiva en todos los niveles, con los apoyos y ajustes necesarios para que ningún estudiante quede afuera por su discapacidad.
874.188 personas
Primaria
Cantidad
Tabla del informe
842.272 personas
Secundaria
Cantidad
Tabla del informe
257.204 personas
Super. Univ. Completa
Cantidad
Tabla del informe
248.892 personas
Sin Nivel
Cantidad
Tabla del informe
219.008 personas
Primaria
Cantidad
Tabla del informe
179.969 personas
Sin Nivel
Cantidad
Tabla del informe
162.974 personas
Superior no univ. Completa
Cantidad
Tabla del informe
123.926 personas
Superior univ. Completa
Cantidad
Tabla del informe
Y 161 datos más en este eje.
De los 3 indicadores se respondió el 66,6% (2 de 3). De los 18 descriptores se respondió el 27,7 % (5 de 18). Se destacan que 2 descriptores que no se respondieron tienen carácter de opcional. La información es parcialmente pertinente y es acorde al período del informe. La fuente es oficial.
La sociedad civil señala que hay ausencia de registros sobre autoidentificación étnica, identidad de género y orientación sexual de las y los estudiantes con discapacidad., así como tampoco tienen información sobre la cantidad de estudiantes que accedieron a educación sexual e integral. Además, no hay información disponible sobre casos de hostigamiento o violencia sexual, física o psicológica perpetrados por personal de instituciones educativas en contra de estudiantes con…
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La sociedad civil señala que hay ausencia de registros sobre autoidentificación étnica, identidad de género y orientación sexual de las y los estudiantes con discapacidad., así como tampoco tienen información sobre la cantidad de estudiantes que accedieron a educación sexual e integral. Además, no hay información disponible sobre casos de hostigamiento o violencia sexual, física o psicológica perpetrados por personal de instituciones educativas en contra de estudiantes con discapacidad.
La respuesta del Estado peruano ante los grupos conservadores y religiosos ha sido débil, propiciando iniciativas legislativas que buscan eliminar la ESI y restringir la labor de las organizaciones defensoras de derechos humanos. En el Congreso se han presentado proyectos de ley (Nº 7579[7], 8731[8], y 9174[9]) que proponen eliminar la ESI de los currículos escolares, y, particularmente, el Proyecto Nº 8731 busca: i) eliminar el enfoque de género; ii)redefinir la ESI como…
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La respuesta del Estado peruano ante los grupos conservadores y religiosos ha sido débil, propiciando iniciativas legislativas que buscan eliminar la ESI y restringir la labor de las organizaciones defensoras de derechos humanos. En el Congreso se han presentado proyectos de ley (Nº 7579[7], 8731[8], y 9174[9]) que proponen eliminar la ESI de los currículos escolares, y, particularmente, el Proyecto Nº 8731 busca: i) eliminar el enfoque de género; ii)redefinir la ESI como "educación sexual", alegando que el término "integral" fomenta la "ideología de género"; y, iii) prohibir a ONG capacitar operadores de justicia si han litigado contra el Estado. Estas medidas se alinean con la Ley Nº 31498, aprobada en 2022, que permite a asociaciones de padres influir en el contenido de materiales educativos según sus creencias religiosas o morales[10].
Dicha norma enfrenta intentos de derogación por parte de grupos conservadores del Congreso, lo que refleja un contexto de hostilidad hacia las políticas públicas de igualdad de género y educación sexual. Puesto que, la vigencia de esta norma enfrenta el rechazo de sectores conservadores del Congreso que buscan derogarla[15].Referencias: [1] MINEDU. (2025, 29 de septiembre). Oficio N° 01634-2025-MINEDU/SPE-OSEE-UE.[2] CRC. (2016). Observaciones finales sobre los informes…
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Dicha norma enfrenta intentos de derogación por parte de grupos conservadores del Congreso, lo que refleja un contexto de hostilidad hacia las políticas públicas de igualdad de género y educación sexual. Puesto que, la vigencia de esta norma enfrenta el rechazo de sectores conservadores del Congreso que buscan derogarla[15].Referencias: [1] MINEDU. (2025, 29 de septiembre). Oficio N° 01634-2025-MINEDU/SPE-OSEE-UE.[2] CRC. (2016). Observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados del Perú. Párr. 6, literal a). https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2FC%2FPER%2FCO%2F4-5&Lang=es [3] Motta, A., et. All. (2017). “De la normativa a la práctica: La política de educación sexual y su implementación en el Perú”;
El eje temático carece de mucha información, incluso información que sí constaba en el informe anterior, en esta oportunidad no se proporcionó, lo que hace difícil poder evaluar correctamente los avances.
Se recomienda realizar un estudio, encuesta general de educación o un formulario único de ingreso que aborde cada uno de los indicadores y descriptores del eje temático.
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
El derecho a la salud analizado en cuatro dimensiones: que los servicios existan, que se pueda llegar a ellos, que sean aceptables y que tengan calidad.
9.785 personas
Establecimientos de salud públicos
Total de establecimientos
Tabla del informe
1.045 personas
Total
N° de participantes
Tabla del informe
100 %
¿Utilizan documentos accesibles (braille, macrotipos, documentos digitales)?
Resultado de incumplimiento
Tabla del informe
68 %
¿Utilizan multimedia (audios o videos) que apoyen en la atención al público?
Resultado de incumplimiento
Tabla del informe
58 %
¿Cuentan con personal con conocimientos de Interprete de Lengua de Señas Peruanas?
Resultado de incumplimiento
Tabla del informe
47 %
¿Utilizan otros medios aumentativos o alternativos (lupas, pictogramas, otros)?
Resultado de incumplimiento
Tabla del informe
11 %
¿El guía intérprete cuenta con documentos que sustenten sus conocimientos?
Resultado de incumplimiento
Tabla del informe
7,07 %
Establecimientos de salud públicos
Indicador %
Tabla del informe
Y 6 datos más en este eje.
En este marco, se contempla el Servicio Esencial 9: “Certificación de la Discapacidad”, cuya implementación está a cargo del Ministerio de Salud (Minsa).En línea con este compromiso, el Minsa aprobó la Resolución Ministerial N.º 558-2023-MINSA[4], el 11 de junio de 2023, mediante la cual se realizó una primera modificación sustancial a la Norma Técnica de Salud N.º 127-MINSA/2016/DGIESP, que regula el proceso de evaluación, calificación y certificación de la persona con…
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En este marco, se contempla el Servicio Esencial 9: “Certificación de la Discapacidad”, cuya implementación está a cargo del Ministerio de Salud (Minsa).En línea con este compromiso, el Minsa aprobó la Resolución Ministerial N.º 558-2023-MINSA[4], el 11 de junio de 2023, mediante la cual se realizó una primera modificación sustancial a la Norma Técnica de Salud N.º 127-MINSA/2016/DGIESP, que regula el proceso de evaluación, calificación y certificación de la persona con discapacidad.Esta modificación introdujo conceptos clave vinculados al enfoque de derechos, como: “Ajustes razonables para la manifestación de la voluntad”, “Persona de confianza”, y “Persona designada como apoyo”, en concordancia con la Ley N.º 1384 sobre capacidad jurídica de las personas con discapacidad.Otro cambio importante fue la garantía de gratuidad del proceso, independientemente de la afiliación a un sistema de aseguramiento en salud.
La desinstitucionalización es un proceso que busca la integración de las personas con discapacidad en la sociedad, promoviendo su participación activa y su inclusión en la comunidad, por tal motivo el Ministerio de Salud continúa trabajando en el proceso de desinstitucionalización de las personas con discapacidad psicosocial en los hospitales psiquiátricos del Perú, contemplado en la Ley N° 30947, Ley de Salud Mental y su reglamento, así como el Plan Nacional de…
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La desinstitucionalización es un proceso que busca la integración de las personas con discapacidad en la sociedad, promoviendo su participación activa y su inclusión en la comunidad, por tal motivo el Ministerio de Salud continúa trabajando en el proceso de desinstitucionalización de las personas con discapacidad psicosocial en los hospitales psiquiátricos del Perú, contemplado en la Ley N° 30947, Ley de Salud Mental y su reglamento, así como el Plan Nacional de Fortalecimientos de Servicio de Salud Mental Comunitaria 2018-2021. De igual manera, se está trabajando en el documento técnico de Plan de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental del 2024 al 2028.
La sociedad civil abordó tres temas principales en su informe alternativo: a) implementación de la norma técnica de salud N°124-2016-MINSA-V.01 sobre planificación familiar; b) modalidades de información en salud sexual y reproductiva y c) acceso a servicios de aborto terapéutico. a) Implementación de la norma técnica de salud N°124-2016-MINSA-V.01 sobre planificación familiar Al respecto, señalan que esta norma incorpora los enfoques de derechos humanos, derechos sexuales y…
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La sociedad civil abordó tres temas principales en su informe alternativo: a) implementación de la norma técnica de salud N°124-2016-MINSA-V.01 sobre planificación familiar; b) modalidades de información en salud sexual y reproductiva y c) acceso a servicios de aborto terapéutico. a) Implementación de la norma técnica de salud N°124-2016-MINSA-V.01 sobre planificación familiar Al respecto, señalan que esta norma incorpora los enfoques de derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos, inclusión social y no discriminación hacia las personas con discapacidadSin embargo, destacan que con esta norma hay un avance normativo y a las capacitaciones implementadas, pero persiste una brecha en la cobertura efectiva de servicios.
Con ello, afirman que la norma se ha centrado en la formación del personal sanitario, pero no ha logrado una efectiva inclusión de las personas con discapacidad en los servicios de salud sexual y reproductiva. b) Modalidades de información en salud sexual y reproductiva En este ámbito, la sociedad civil señala que no se ha publicado información sobre la accesibilidad y efectividad de los servicios digitales para ampliar el acceso a la información en salud sexual y…
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Con ello, afirman que la norma se ha centrado en la formación del personal sanitario, pero no ha logrado una efectiva inclusión de las personas con discapacidad en los servicios de salud sexual y reproductiva. b) Modalidades de información en salud sexual y reproductiva En este ámbito, la sociedad civil señala que no se ha publicado información sobre la accesibilidad y efectividad de los servicios digitales para ampliar el acceso a la información en salud sexual y reproductiva. c) Acceso a servicios de aborto terapéutico La sociedad civil cuestiona que el Estado no cuenta con datos sobre solicitudes y procedimientos realizados a personas con discapacidad, lo que impide monitorear el cumplimiento de los estándares nacionales e internacionales sobre salud sexual y reproductiva.Por otro lado, señalan que la Guía de Práctica Clínica y de Procedimientos en Obstetricia y Perinatología fue modificada en junio de 2025, eliminado el procedimiento que permitía a niñas y adolescentes acceder al aborto terapéutico por daño a su salud mental derivado de un embarazo producto de violencia sexual, suprimiendo, además, todas las disposiciones orientadas a garantizar una atención diferenciada y especializada para menores de 18 años.
Durante la Mesa de Trabajo:Se discutió sobre los protocolos para la atención del aborto terapéutico.La congresista cuestionó la Guía del INMP.El INMP aclaró que no se discutieron excesos normativos ni se asumió ningún compromiso para revisar o actualizar las normas relacionadas con el aborto terapéutico.En la misma fecha, 12 de noviembre de 2024, la congresista Jauregui envió un oficio al director del INMP[18] y al MINSA solicitando información sobre la Guía y las acciones…
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Durante la Mesa de Trabajo:Se discutió sobre los protocolos para la atención del aborto terapéutico.La congresista cuestionó la Guía del INMP.El INMP aclaró que no se discutieron excesos normativos ni se asumió ningún compromiso para revisar o actualizar las normas relacionadas con el aborto terapéutico.En la misma fecha, 12 de noviembre de 2024, la congresista Jauregui envió un oficio al director del INMP[18] y al MINSA solicitando información sobre la Guía y las acciones que se están realizando para adecuar la Guía a lo dispuesto por el artículo 119 del Código Penal[19].El 14 de enero de 2025, la congresista Jauregui solicitó al entonces Presidente del Congreso de la República que se reitere al INMP el pedido que realizó con fecha 12 de noviembre de 2024, respecto a la remisión de información sobre las acciones desplegadas con el fin de garantizar la adecuación de la Guía al Código Penal[20].El 30 de enero de 2025, la congresista Jauregui llevó a cabo una segunda Mesa de Trabajo sobre los procedimientos para la atención del aborto terapéutico en el INMP, en la cual cuestionó la constitucionalidad de la Guía del INMP[21].El 21 de marzo de 2025, la organización “Padres Peruanos” inició una petición en la que solicitaron al Ministro de Salud, César Vásquez, que derogue la Guía y detenga e investigue los casos de aborto que se han producido en el INMP.
En 2024 se registraron solo 421 atenciones en planificación familiar dirigidas a personas con discapacidad, y 181 durante los primeros meses de 2025, cifras que resultan desproporcionadamente bajas frente al universo de la población con discapacidad en edad reproductiva.Esta brecha evidencia que la implementación de la norma se ha centrado en la formación del personal sanitario, pero no ha logrado una efectiva inclusión de las personas con discapacidad en los servicios de…
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En 2024 se registraron solo 421 atenciones en planificación familiar dirigidas a personas con discapacidad, y 181 durante los primeros meses de 2025, cifras que resultan desproporcionadamente bajas frente al universo de la población con discapacidad en edad reproductiva.Esta brecha evidencia que la implementación de la norma se ha centrado en la formación del personal sanitario, pero no ha logrado una efectiva inclusión de las personas con discapacidad en los servicios de salud sexual y reproductiva, especialmente en contextos rurales, amazónicos y de pobreza extrema.B) Modalidades de información en salud sexual y reproductiva[2]El MINSA informa que ha incorporado herramientas digitales para ampliar el acceso a la información en salud sexual y reproductiva (SSR), entre ellas:Telesalud y teleorientación, conforme al Decreto Supremo N.º 005-2021-SA, que reconoce estas modalidades como vías formales de atención médica, incluyendo consejería en SSR.Línea 113 Salud, disponible vía telefónica, WhatsApp, Telegram y correo electrónico, destinada a ofrecer información y orientación al público.Sin embargo, el Estado no ha publicado información sobre la accesibilidad y efectividad de estos servicios para personas con discapacidad, ni sobre las adaptaciones comunicacionales (intérpretes de lengua de señas, lectura fácil, subtitulado o asistentes virtuales) que garanticen su uso en igualdad de condiciones.
3. Se sugiere revisar la Guía de Práctica Clínica y de Procedimientos en Obstetricia y Perinatología que fue modificada en junio de 2025, con la finalidad de restituir los derechos relacionados con niñas, niños y adolescentes que fueron eliminados y que permitía acceder al aborto terapéutico por daños a su salud mental derivado de un embarazo producto de violencia sexual.
2. Se reitera la recomendación de elaborar un plan, programa o compromiso para llevar adelante el proceso de desinstitucionalización con recursos humanos y económicos específicos asignados, a ser informado en la presentación del próximo informe de evaluación
Se recomienda aumentar la cantidad de establecimientos de salud, públicos y privados, que cuenten con estándares de accesibilidad y ajustes razonables, incluyendo interpretes en lengua de señas peruana.
Por otro lado, es necesario que se considere la desinstitucionalización de las personas con discapacidad en el trabajo del documento técnico de Plan de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental del 2024 al 2028.
En el mismo sentido, el Estado debe continuar realizando los mayores esfuerzos para lograr que todos los hospitales cuenten con personal con conocimiento de lengua de señas peruana.
Lograr que un mayor número de establecimientos de salud, públicos y privados, logren cumplir con estándares de accesibilidad arquitectónica.
Evaluación de pares Informe oficial
El acceso al empleo y a un trabajo digno, en el sector público y en el privado, en igualdad de condiciones.
17,2 %
15 a 29 años
2021 · 15-29 · 2021
Tabla del informe
7,2 %
15 a 29 años
2022 · 15-29 · 2022
Tabla del informe
5,5 %
30 a 59 años
2021 · 30-59 · 2021
Tabla del informe
4,5 %
30 a 59 años
2022 · 30-59 · 2022
Tabla del informe
3,5 %
60 a más
2022 · 2022
Tabla del informe
2,2 %
60 a más
2021 · 2021
Tabla del informe
Fuentes: (1) CONADIS. D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024[2] Programa Nacional Tu Empresa del Ministerio de la Producción. Oficio N° 0000026-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA. Fecha: 22.04.2024(3) Programa Nacional Tu Empresa del Ministerio de la Producción. Oficio N° 0000026-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA. Fecha: 22.04.2024 Informar como todo lo informado en este indicador se vincula al contexto post pandemia.En el contexto postpandemia, el CONADIS emitió la Resolución…
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Fuentes: (1) CONADIS. D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024[2] Programa Nacional Tu Empresa del Ministerio de la Producción. Oficio N° 0000026-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA. Fecha: 22.04.2024(3) Programa Nacional Tu Empresa del Ministerio de la Producción. Oficio N° 0000026-2024-PRODUCE/TU-EMPRESA. Fecha: 22.04.2024 Informar como todo lo informado en este indicador se vincula al contexto post pandemia.En el contexto postpandemia, el CONADIS emitió la Resolución D000067-2023-CONADIS-PRE, que aprueba los "Lineamientos para la intervención del fortalecimiento y desarrollo de emprendimientos de ciudadanas y ciudadanos en situación de vulnerabilidad asociada a la discapacidad y organizaciones sociales de personas con discapacidad"[3]. Dichos lineamientos son la base del programa "Emprende y Despega", posicionado como la principal estrategia de CONADIS para el empoderamiento económico.
A nivel normativo, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, estableció el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad. Respecto a este descriptor, los numerales 47.2 y 50.2 de la citada Ley, establecen que los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría que empleen a personas con discapacidad tienen una deducción en el pago del Impuesto a…
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A nivel normativo, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, estableció el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad. Respecto a este descriptor, los numerales 47.2 y 50.2 de la citada Ley, establecen que los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría que empleen a personas con discapacidad tienen una deducción en el pago del Impuesto a la Renta sobre las remuneraciones que se paguen a las personas con discapacidad, y por los gastos por ajustes razonables en el lugar de trabajo implementados para dichas personas, respectivamente. Los porcentajes de dichas deducciones son fijados por Decreto Supremo, del Ministerio de Economía y Finanzas. Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil. Oficio N° 000654-2024-SERVIR-GPCGS. Fecha: 19.04.2024
De los 4 indicadores se respondió el 100%. De los 22 descriptores se respondió el 59,09 % (13 de 22). La información es medianamente pertinente y en su mayoría pertenece al período evaluado, aunque algún descriptor contiene información fuera de plazo. La fuente es oficial.
Se destaca el informe titulado “Propuestas normativas y medidas complementarias de política pública para impulsar el cumplimiento de la cuota de empleo en el sector público y privado”. El citado informe incluyó propuestas de medidas principalmente de carácter normativo y de política pública, a fin de dar cumplimiento de la cuota de empleo a favor de las personas con discapacidad en las entidades públicas, conforme al siguiente detalle: (i) propuestas normativas, (ii)…
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Se destaca el informe titulado “Propuestas normativas y medidas complementarias de política pública para impulsar el cumplimiento de la cuota de empleo en el sector público y privado”. El citado informe incluyó propuestas de medidas principalmente de carácter normativo y de política pública, a fin de dar cumplimiento de la cuota de empleo a favor de las personas con discapacidad en las entidades públicas, conforme al siguiente detalle: (i) propuestas normativas, (ii) procedimientos, (iii) medidas institucionales y (iv) medidas complementarias de política pública.
El Estado informa que en el año 2022 se identificó que, del total de trabajadores de las entidades públicas fiscalizadas, que constituyen 93.252 personas, 1.276 son personas con discapacidad, 471 mujeres (37%) y 805 varones (63%), el porcentaje equivalente corresponde al 1,4%, incumpliendo con el 5% de la cuota de empleo. En el año 2023fiscalizó a 143 entidades públicas, identificando que, del total de trabajadores de las entidades fiscalizadas, que constituyen 91.486 personas, 1.106 son personas con discapacidad, 398 mujeres (36%) y 708 varones (64%). El porcentaje equivalente corresponde al 1,2%, incumpliendo con el 5% de la cuota de empleo.
2. Alcanzar la cuota de contratación de personas con discapacidad, tanto en el sector público como en el privado, lo cual, debe ir acompañado con enfoque de género, buscando disminuir las brechas existentes entre hombres y mujeres con discapacidad que cuentan con trabajo.
Implementar efectivamente las Propuestas normativas y medidas complementarias de política pública para impulsar el cumplimiento de la cuota de empleo en el sector público y privado de 2022 elaborado por el Grupo de Trabajo Multisectorial del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo.
Evaluación de pares Informe oficial
Las acciones del Estado para cambiar cómo la sociedad ve la discapacidad: combatir estereotipos, prejuicios y prácticas discriminatorias.
En 2021, el Gobierno Regional de Pasco aprobó su “Política Regional de la Persona con Discapacidad de Pasco al 2030”, a través de la Ordenanza Regional Nº 480-2021-G.R. P/CR publicada en el Diario Oficial el Peruano del 11.11.2021. En similar sentido, el Gobierno Regional de Cajamarca aprobó la "Política Regional de la Persona con Discapacidad de Cajamarca al 2030" mediante la Ordenanza Regional N° D000011-2021-GRC-CR del 31.10.2021. La aprobación de la Política Nacional…
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En 2021, el Gobierno Regional de Pasco aprobó su “Política Regional de la Persona con Discapacidad de Pasco al 2030”, a través de la Ordenanza Regional Nº 480-2021-G.R. P/CR publicada en el Diario Oficial el Peruano del 11.11.2021. En similar sentido, el Gobierno Regional de Cajamarca aprobó la "Política Regional de la Persona con Discapacidad de Cajamarca al 2030" mediante la Ordenanza Regional N° D000011-2021-GRC-CR del 31.10.2021. La aprobación de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo (PNMDD) al 2030 marca un hito crucial en la estrategia de inclusión del país. Esta política, al ser de alcance nacional, establece las directrices claras para la acción del Estado en todos sus niveles.
Arte y Cultura, 3. Comunicaciones, 4. Deporte, 5. Educación,6. Empleo y emprendimiento (subcategorías: 6.1. Empleo 6.2. Emprendimiento),7. Infraestructura, 8. Participación política y cívica, 9. Protección social, 10. Salud). Fuente: CONADIS. D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024 El Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Inclusiva, impulsado por CONADIS desde 2021, ha tenido un impacto significativo en la promoción de la inclusión social en Perú[3]. Este certamen…
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Arte y Cultura, 3. Comunicaciones, 4. Deporte, 5. Educación,6. Empleo y emprendimiento (subcategorías: 6.1. Empleo 6.2. Emprendimiento),7. Infraestructura, 8. Participación política y cívica, 9. Protección social, 10. Salud). Fuente: CONADIS. D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024 El Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Inclusiva, impulsado por CONADIS desde 2021, ha tenido un impacto significativo en la promoción de la inclusión social en Perú[3]. Este certamen visibiliza iniciativas exitosas en diversas áreas como justicia, arte, cultura, deporte, educación, empleo, infraestructura, participación política, protección social y salud, creando conciencia sobre la importancia de la inclusión y la no discriminación.
De los 2 indicadores se respondió el 100%, y de los 7 descriptores se respondió el 85,71% (6 de 7). La información es mayormente pertinente y acorde al período evaluado, la misma es de fuente oficial.
En el informe se obversa una gran cantidad de estrategias y campañas de comunicación que visibilizan a las personas con discapacidad como sujetos de derechos.En cuanto al presupuesto, si bien la información proporcionada es respecto a otras actividades, se observa un aumento significativo en el presupuesto ejecutado para las actividades informadas para el presente periodo.
Considerando la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, se alienta al Estado, en especial a los Gobiernos Regionales, a integrar las líneas de acción y los objetivos de la PNMDD al 2030 dentro de sus propios instrumentos de planificación (como los Planes de Desarrollo Regional Concertado) y gestión (Planes Estratégicos Institucionales - PEI y Planes Operativos Institucionales - POI)
En el indicador 1.1 relacionado a nivel nacional, no cuenta con planes y programas específicos para la promoción y visibilización de las personas con discapacidad como sujetos de derechos.
2. Generar planes y programas específicos, a nivel nacional, para la promoción y visibilización de las personas con discapacidad como sujetos de derechos.
Que todos los Gobiernos Regionales integren las líneas de acción y los objetivos de la Política Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, a través de sus propios instrumentos de planificación
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
La eliminación de barreras físicas, comunicacionales y tecnológicas para que los entornos, servicios e información estén al alcance de todas las personas.
Fecha: 10.04.2024 El Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 (en adelante, PNA), se aprobó mediante el Decreto Supremo N° 012-2018-VIVIENDA, publicado el 08 de agosto de 2018, con el objetivo de establecer mecanismos que orientan la planificación transversal para mejorar las condiciones de accesibilidad en el entorno urbano, las edificaciones, el transporte y las comunicaciones, en beneficio de las personas con discapacidad y otras personas que por sus condiciones de…
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Fecha: 10.04.2024 El Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 (en adelante, PNA), se aprobó mediante el Decreto Supremo N° 012-2018-VIVIENDA, publicado el 08 de agosto de 2018, con el objetivo de establecer mecanismos que orientan la planificación transversal para mejorar las condiciones de accesibilidad en el entorno urbano, las edificaciones, el transporte y las comunicaciones, en beneficio de las personas con discapacidad y otras personas que por sus condiciones de movilidad reducida puedan favorecerse de los alcances del señalado instrumento. Con fecha 27 de febrero de 2024, mediante el Decreto Supremo N° 003-2024-VIVIENDA, se aprobó la continuidad al 2025 del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 y la matriz de metas 2024-2025.
Fecha: 13.09.2024 El Proyecto Central 911 se encuentra aún en fase de formulación. El equipo de CONADIS[2] ha participado en diversas reuniones con la entidad responsable de su implementación, brindando recomendaciones orientadas a garantizar una adecuada accesibilidad del servicio para las personas con discapacidad. [1] Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Resolución Ministerial Nº 285-2024-VIVIENDA. Fecha: 23.08.2024. En:…
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Fecha: 13.09.2024 El Proyecto Central 911 se encuentra aún en fase de formulación. El equipo de CONADIS[2] ha participado en diversas reuniones con la entidad responsable de su implementación, brindando recomendaciones orientadas a garantizar una adecuada accesibilidad del servicio para las personas con discapacidad. [1] Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Resolución Ministerial Nº 285-2024-VIVIENDA. Fecha: 23.08.2024. En: https://www.gob.pe/institucion/vivienda/normas-legales/6166437-285-2024-vivienda [2] CONADIS. Oficio N° D0000160-2025-CONADIS-DPSGE. Fecha: 30.05.2025
La sociedad civil abordó la accesibilidad en los establecimientos de salud, señalando que solo 692 establecimientos cumplen con criterios básicos de accesibilidad, lo que representa apenas el 7,07% de los 9.785 establecimientos públicos. Además, señalan que únicamente 3.012 establecimientos fueron los que reportaron información al Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de Establecimiento de Salud. Por otro lado, consideran que la implementación por parte de…
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La sociedad civil abordó la accesibilidad en los establecimientos de salud, señalando que solo 692 establecimientos cumplen con criterios básicos de accesibilidad, lo que representa apenas el 7,07% de los 9.785 establecimientos públicos. Además, señalan que únicamente 3.012 establecimientos fueron los que reportaron información al Observatorio Nacional de Infraestructura y Equipamiento de Establecimiento de Salud. Por otro lado, consideran que la implementación por parte de MINSA, en el año 2023, de la Línea Gráfica para Personas con Discapacidad constituye un avance en materia de comunicación inclusiva, señalan que no existe información pública sobre su alcance, cobertura territorial, materiales producidos o mecanismos de evaluación de impacto, así como también, no hay evidencia de que los materiales se encuentren disponibles en formatos accesibles.
A diferencia del Tercer Informe, en esta oportunidad se observa el desarrollo del descriptor sobre autobuses, donde se informa sobre las medidas de accesibilidad implementadas en este tipo de transportes.Destaca la aprobación de la Política Nacional de Transformación Digital al 2030. Se espera que para el próximo informe el Estado cuente con datos sobre las plataformas digitales que obtuvieron el Sello de Accesibilidad.
Además, no se cuenta con evidencia de que los materiales se encuentren disponibles en formatos accesibles, como lectura fácil, lengua de señas peruana, audio-descripción o braille, limitando su capacidad de llegar a diversos grupos de personas con discapacidad. Referencias:[1] MINSA. (2025, 01 de octubre). Informe N° D000098-2025-DGIESP-DSCAP-MINSA; MINSA. (2025, 26 de agosto). Informe N° D000011-2025-DGIESP-DSARE-JMR-MINSA[2] MINSA. (2025, 01 de octubre). Informe N°…
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Además, no se cuenta con evidencia de que los materiales se encuentren disponibles en formatos accesibles, como lectura fácil, lengua de señas peruana, audio-descripción o braille, limitando su capacidad de llegar a diversos grupos de personas con discapacidad. Referencias:[1] MINSA. (2025, 01 de octubre). Informe N° D000098-2025-DGIESP-DSCAP-MINSA; MINSA. (2025, 26 de agosto). Informe N° D000011-2025-DGIESP-DSARE-JMR-MINSA[2] MINSA. (2025, 01 de octubre). Informe N° D000098-2025-DGIESP-DSCAP-MINSA; MINSA. (2025, 26 de agosto). Informe N° D000011-2025-DGIESP-DSARE-JMR-MINSA
La falta de adecuación de la infraestructura sanitaria no solo vulnera el principio de accesibilidad universal, sino que también incumple las obligaciones asumidas por el Estado peruano en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (CIADDIS).B) Estrategias de comunicación inclusiva[2]Desde 2023, el MINSA…
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La falta de adecuación de la infraestructura sanitaria no solo vulnera el principio de accesibilidad universal, sino que también incumple las obligaciones asumidas por el Estado peruano en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (CIADDIS).B) Estrategias de comunicación inclusiva[2]Desde 2023, el MINSA implementa la Línea Gráfica para Personas con Discapacidad, cuyo propósito es informar y sensibilizar a las personas con discapacidad y a sus familias sobre los derechos que las amparan, los beneficios reconocidos por la ley y la promoción del autocuidado de la salud.Si bien esta herramienta constituye un avance en materia de comunicación inclusiva, no existe información pública sobre su alcance, cobertura territorial, materiales producidos o mecanismos de evaluación de impacto, lo que impide verificar su efectividad.
En cuanto al contenido, se identifica que, de avanzar en la Ley de teleféricos, esta debe contar con medidas de accesibilidad.
Para el próximo informe se espera que el Estado pueda desarrollar la normativa informada y como aporta al eje temático y sus indicadores. En el mismo sentido, en relación a los programas, sólo se da un listado, el cual se espera para el próximo informe un mayor desarrollo.
2. Que el Proyecto Central 911 cuente con medidas de accesibilidad para personas con discapacidad.
Que la Ley del trasporte por teleférico considere la implementación de medidas de accesibilidad.
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
La participación ciudadana, política y social: votar, ser elegido, incidir en las políticas públicas y organizarse.
100 %
Total
Porcentaje (%)
Tabla del informe
100 %
Total
Porcentaje
Tabla del informe
518.928 personas
Elecciones Generales 2021
Total de miembros de mesa · 2021
Tabla del informe
518.928 personas
Segunda Elección Presidencial 2021
Total de miembros de mesa · 2021
Tabla del informe
505.938 personas
Elecciones Regionales y Municipales 2022
Total de miembros de mesa · 2022
Tabla del informe
488.862 personas
Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
Total de miembros de mesa · 2020
Tabla del informe
297.438 personas
Elecciones Generales 2021
Total de miembros de mesa capacitados · 2021
Tabla del informe
289.130 personas
Elecciones Regionales y Municipales 2022
Total de miembros de mesa capacitados · 2022
Tabla del informe
Y 275 datos más en este eje.
Mediante la Resolución de Presidencia N° 175-2022-CONADIS-PRE, se aprobó el Protocolo de Servicio N° 1-de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, “Protocolo para la implementación del Servicio 1: Asesoría y Capacitación para fortalecer la participación social de las Organizaciones de Personas con Discapacidad” y sus Anexos, que brinda lineamientos y recursos pedagógicos para los talleres y asesorías, los mismos que serán puestos a…
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Mediante la Resolución de Presidencia N° 175-2022-CONADIS-PRE, se aprobó el Protocolo de Servicio N° 1-de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, “Protocolo para la implementación del Servicio 1: Asesoría y Capacitación para fortalecer la participación social de las Organizaciones de Personas con Discapacidad” y sus Anexos, que brinda lineamientos y recursos pedagógicos para los talleres y asesorías, los mismos que serán puestos a disposición de las entidades involucradas con el fin de estandarizar el proceso de enseñanza - aprendizaje y asegurar la óptima provisión del servicio. Fuente: CONADIS. Oficio N° D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024
El numeral 10.1 del Artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 29973, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2024-MIMP, desarrolla la participación de la Persona con Discapacidad en la vida política de modo individual o a través de sus organizaciones políticas, las que en el marco de su autonomía y en cumplimiento de su normativa impulsan la inclusión, el fomento de su liderazgo y participación, en condiciones equitativas de igualdad de trato.Por su parte, la Ley N° 26859, Ley…
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El numeral 10.1 del Artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 29973, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2024-MIMP, desarrolla la participación de la Persona con Discapacidad en la vida política de modo individual o a través de sus organizaciones políticas, las que en el marco de su autonomía y en cumplimiento de su normativa impulsan la inclusión, el fomento de su liderazgo y participación, en condiciones equitativas de igualdad de trato.Por su parte, la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece en los artículos I y V (Principio de Participación e Igualdad) de su Título Preliminar y los artículos 7, 8, 12, 213 (literal a) y 263 disposiciones sobre el ejercicio del derecho al voto y, en específico, el de las personas con discapacidad.Por su parte, desde las competencias del Jurado Nacional de Elecciones (2), se promueve la suscripción del Pacto Ético Electoral.
Se destaca la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, que contempla Asesoría y capacitación para fortalecer la participación social de las organizaciones de personas con discapacidad. Asimismo, durante este periodo, en 2021, se aprobó la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”. Junto con ello, se desarrollaron informes técnicos…
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Se destaca la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, que contempla Asesoría y capacitación para fortalecer la participación social de las organizaciones de personas con discapacidad. Asimismo, durante este periodo, en 2021, se aprobó la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”. Junto con ello, se desarrollaron informes técnicos sobre el derecho a la consulta.Por otro lado, también destaca la aprobación del Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en la Sede Central, órganos desconcentrados (ORC) y órganos temporales (ODPE u otros).
De los 5 indicadores se respondió el 100%. De los 21 descriptores se respondió el 71,4% (15 de 21). La información es pertinente y referida al período evaluado. Sin embargo, hay descriptores que se responden, pero no se fundamentan. La fuente es oficial.
Perú: El impacto de la ley sobre la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. [Comunicado de prensa]. https://www.ohchr.org/es/press-releases/2025/04/peru-impact-international-cooperation-law-ngos [7] CIDH (2025). [Comunicado de prensa]. https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2025/098.asp&utm_content=country-per&utm_term=class-mon [8] Ley N° 32301, que modifica la Ley de Creación de la APCI. Publicada en el Diario Oficial el Peruano: 2025,…
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Perú: El impacto de la ley sobre la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. [Comunicado de prensa]. https://www.ohchr.org/es/press-releases/2025/04/peru-impact-international-cooperation-law-ngos [7] CIDH (2025). [Comunicado de prensa]. https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2025/098.asp&utm_content=country-per&utm_term=class-mon [8] Ley N° 32301, que modifica la Ley de Creación de la APCI. Publicada en el Diario Oficial el Peruano: 2025, 15 de abril.[9] OACNUDH. (2012). Principios rectores sobre la pobreza. Párr. 67. https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/OHCHR_ExtremePovertyandHumanRights_SP.pdf [10] Corte IDH. (2000). Caso Cantoral Benavides Vs. Perú. Párr. 115. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_69_esp.pdf [11] Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos (2018).
Incluso, la CIDH ha solicitado la derogación de estas disposiciones, por considerarlas contrarias a la libertad de expresión, asociación, y acceso a la justicia[7].A pesar de ello, el 14 de septiembre de 2025, el Estado peruano ratificó la aplicación de estas disposiciones mediante la publicación de los siguientes reglamentos en el Diario Oficial El Peruano: i) Decreto Supremo N° 032-2025-RE, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana…
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Incluso, la CIDH ha solicitado la derogación de estas disposiciones, por considerarlas contrarias a la libertad de expresión, asociación, y acceso a la justicia[7].A pesar de ello, el 14 de septiembre de 2025, el Estado peruano ratificó la aplicación de estas disposiciones mediante la publicación de los siguientes reglamentos en el Diario Oficial El Peruano: i) Decreto Supremo N° 032-2025-RE, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, ii) Decreto Supremo N° 033-2025-RE, que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI.
Por otro lado, se observa que el indicador 2.2 en esta oportunidad no se calculó.
Para el próximo informe, es necesario contar con datos desglosados según lo que establece cada descriptor, principalmente en materia de mecanismo de participación de las personas con discapacidad (por género y área geográfica).
2. Implementar un mecanismo de control para la revisión y ajuste de restricciones que impiden el ejercicio pleno del derecho a la participación ciudadana, política y social.
Abstenerse de imponer sanciones administrativas, civiles o penales, así como de adoptar represalias directas o indirectas derivadas de las declaraciones o de la defensa legal de personas en situación de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad, en instancias nacionales e internacionales.
Evaluación de pares Informe oficial
El acceso a programas de bienestar y seguridad social, incluida la familia, y a las políticas de reducción de la pobreza.
100 %
Porcentaje
Tabla del informe
718.752 personas
2023
Total hogares abonados(BIM VI) · 2023
Tabla del informe
695.390 personas
2020
Total hogares abonados(BIM VI) · 2020
Tabla del informe
669.035 personas
2022
Total hogares abonados(BIM VI) · 2022
Tabla del informe
656.656 personas
2021
Total hogares abonados(BIM VI) · 2021
Tabla del informe
147.936 personas
Total de usuarios
PIAS: Usuarios con alguna discapacidad · Total
Tabla del informe
107.027 personas
Total
Tabla del informe
0,11 %
Total
Participación %
Tabla del informe
Y 2681 datos más en este eje.
En esa línea, el Programa Juntos ha elaborado Planes Anuales para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad, aprobados entre el 2020 y 2023, de acuerdo al siguiente detalle:Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2020, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva 000155-2020-MIDIS/PNADP-DE.Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2021, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva…
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En esa línea, el Programa Juntos ha elaborado Planes Anuales para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad, aprobados entre el 2020 y 2023, de acuerdo al siguiente detalle:Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2020, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva 000155-2020-MIDIS/PNADP-DE.Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2021, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva 000084-2021-MIDIS/PNADP-DE.Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2022, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva 000144-2022-MIDIS/PNADP-DE.Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Discapacidad – 2023, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva 000108-2023-MIDIS/PNADP-DE.Sustento: https://drive.google.com/drive/folders/1Nt9iGdyppKd1A5Dbo91ziH7dcUk0yP68?usp=sharingPor su parte, el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) reporta de la adopción de los siguientes planes y políticas:2020: Plan N° 36-2020-FONCODES-URH - Plan de Desarrollo de las Personas del FONCODES-PDP 2020.
En caso que el GFB incluya un miembro con discapacidad, la ET debe presentar el proyecto de vivienda cumpliendo con la Norma Técnica A.120, Accesibilidad Universal en Edificaciones del RNE. En relación con el Reglamento Operativo para la modalidad Adquisición de Vivienda mediante Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA en el anexo 3 “Declaración Jurada del Promotor del Proyecto” señala lo siguiente: Cumpliré con la edificación de un tipo de VIS alternativo para personas…
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En caso que el GFB incluya un miembro con discapacidad, la ET debe presentar el proyecto de vivienda cumpliendo con la Norma Técnica A.120, Accesibilidad Universal en Edificaciones del RNE. En relación con el Reglamento Operativo para la modalidad Adquisición de Vivienda mediante Resolución Ministerial N° 313-2020-VIVIENDA en el anexo 3 “Declaración Jurada del Promotor del Proyecto” señala lo siguiente: Cumpliré con la edificación de un tipo de VIS alternativo para personas con discapacidad, en caso de vender una VIS a persona o personas con discapacidad, ésta cumpla con la norma A.0120 - Accesibilidad para personas con discapacidad y de las personas adultas mayores, del RNE. Fuente: Fondo MIVIVIENDA. Correo del 23.04.2024
Se reconoce como progreso destacado la incorporación de ajustes razonables en infraestructura física dentro del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el cual cuenta con cobertura nacional a través de 27 Unidades Territoriales (UT). Se reporta la implementación de rampas, sanitarios accesibles y adecuaciones para la circulación, orientadas a garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, alcanzando aproximadamente el 85% de los…
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Se reconoce como progreso destacado la incorporación de ajustes razonables en infraestructura física dentro del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el cual cuenta con cobertura nacional a través de 27 Unidades Territoriales (UT). Se reporta la implementación de rampas, sanitarios accesibles y adecuaciones para la circulación, orientadas a garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, alcanzando aproximadamente el 85% de los espacios intervenidos. Asimismo, el programa incorpora planes de capacitación con enfoque de discapacidad y comunicación accesible, lo que refuerza un abordaje integral de la accesibilidad en un programa de alcance nacional.Se identificaron avances concretos en el acceso a vivienda con diseño universal y hay continuidad de progreso con el Resolución Ministerial N° 071-2024-VIVIENDA.
El Programa Techo Propio incorpora la accesibilidad universal como requisito obligatorio, exigiendo el cumplimiento de la Norma Técnica A.120 del RNE cuando la vivienda esté destinada a personas con discapacidad. Esta medida fortalece el acceso a vivienda social accesible a nivel nacional.Se identifica como progreso la ampliación y desagregación de información sobre el acceso de las personas con discapacidad a políticas públicas de bienestar, inclusión y desarrollo social,…
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El Programa Techo Propio incorpora la accesibilidad universal como requisito obligatorio, exigiendo el cumplimiento de la Norma Técnica A.120 del RNE cuando la vivienda esté destinada a personas con discapacidad. Esta medida fortalece el acceso a vivienda social accesible a nivel nacional.Se identifica como progreso la ampliación y desagregación de información sobre el acceso de las personas con discapacidad a políticas públicas de bienestar, inclusión y desarrollo social, evidenciando la incorporación de este grupo poblacional como beneficiario en diversos programas de desarrollo social de alcance nacional administrados por el MIDIS.
Existe también una falta de consistencia y claridad en la información reportada sobre el acceso de las personas con discapacidad a la seguridad social en pensiones y jubilaciones, ya que el Cuarto Informe incorpora tablas con siglas no definidas ni explicadas, lo que impide identificar con precisión los totales alcanzados y limita la comparabilidad y el seguimiento de avances respecto a informes anteriores.
• Se identifica como desafío la falta de consistencia y control técnico en la información reportada entre períodos de evaluación, evidenciada por la discrepancia entre el Tercer Informe de Cumplimiento (2019), que reportó la existencia de mecanismos de financiamiento habitacional para personas con discapacidad, y el Cuarto Informe, que señala que este indicador “no aplica”, lo cual limita la trazabilidad y el seguimiento efectivo de los avances.
4. Se recomienda fortalecer los mecanismos de validación técnica y estandarización de la información previa a la presentación de los informes, a fin de garantizar la consistencia, comparabilidad y trazabilidad de los datos.
3. Incorporar análisis desagregados por género, territorio y tipo de discapacidad, especialmente en materia de seguridad social.
2. Generar acciones concretas de levantamiento de información (censos, encuestas o registros administrativos) que permitan medir el impacto real de las políticas de desarrollo e inclusión social.
Retomar y actualizar los indicadores previamente reportados en el Tercer Informe de Cumplimiento (2019), a fin de garantizar la comparabilidad y el seguimiento de avances.
Evaluación de pares Informe oficial
La participación en actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas.
37.891.851
2400705 · Proyecto de inversión
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
20.331.493
2322487 · Proyecto de inversión
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
11.704.585
2421036 · Proyecto de inversión
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
9.175.349
2322487 · Proyecto de inversión
Devengado acumulado al 31/12/2023 (s/) · 2023
Tabla del informe · importe en moneda local
6.833.287
2495234 · Inversiones IOARR
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
5.785.320
2456510 · Inversiones IOARR
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
3.613.899
2456510 · Inversiones IOARR
Devengado acumulado al 31/12/2023 (s/) · 2023
Tabla del informe · importe en moneda local
1.415.226
2494879 · Inversiones IOARR
Costo de inversión actualizado (s/)
Tabla del informe · importe en moneda local
Y 8 datos más en este eje.
La Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030 Resolución Ministerial N° 159-2023-MC, Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los Museos y Museos de SitioMediante esta norma de fecha 20 de abril del 2023:, se aprobó el acceso…
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La Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030 Resolución Ministerial N° 159-2023-MC, Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los Museos y Museos de SitioMediante esta norma de fecha 20 de abril del 2023:, se aprobó el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los museos y museos de Sitio, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito nacional, en concordancia con el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 29127 y ratificada con Decreto Supremo Nº 073-2007-RE y, los numerales 60 y 61 del documento denominado “Observaciones finales sobre informes periódicos segundo y tercero combinados de Perú” del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de fecha 24 de marzo de 2023. - En: https://www.gob.pe/institucion/cultura/normas-legales/4157481-159-2023-mc Resolución Ministerial N° 293-2023-MC, Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito nacional, que se encuentran contemplados en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2023,aprobado por la Resolución Ministerial Nº 000406-2022-DM/MCEl artículo 1 de la norma de de fecha 04 de agosto del 2023 establece el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito nacional, que se encuentran contemplados en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2023. - En: https://www.gob.pe/institucion/cultura/normas-legales/4494478-293-2023-mc Fuentes: Ministerio de Cultura.
La Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030 Resolución Ministerial N° 293-2023-MC, Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito…
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La Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030 Resolución Ministerial N° 293-2023-MC, Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito nacional, que se encuentran contemplados en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2023,aprobado por la Resolución Ministerial Nº 000406-2022-DM/MCCon la citada norma se encargó a la Dirección de Gestión de Monumentos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, la elaboración del “Plan de medidas para establecer el mecanismo de mejora de la infraestructura y accesibilidad en los bienes inmuebles prehispánicos a las personas con discapacidad”, el cual aún se encuentra en proceso.
Destacan como avances relevantes la aprobación de normas que garantizan el acceso gratuito de las personas con discapacidad a museos, museos de sitio y bienes inmuebles prehispánicos a nivel nacional, así como la incorporación explícita de indicadores de acceso y accesibilidad en la Política Nacional de Cultura al 2030.En el ámbito turístico, se registran progresos sustantivos mediante la implementación de la iniciativa “Turismo para todos”, que ha permitido el diagnóstico…
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Destacan como avances relevantes la aprobación de normas que garantizan el acceso gratuito de las personas con discapacidad a museos, museos de sitio y bienes inmuebles prehispánicos a nivel nacional, así como la incorporación explícita de indicadores de acceso y accesibilidad en la Política Nacional de Cultura al 2030.En el ámbito turístico, se registran progresos sustantivos mediante la implementación de la iniciativa “Turismo para todos”, que ha permitido el diagnóstico de accesibilidad en más de 150 prestadores y sitios turísticos, el diseño de experiencias accesibles e inclusivas, la validación de pilotos con participación directa de personas con discapacidad y adultos mayores, y procesos de capacitación y sensibilización a más de 1,100 actores del sector a nivel nacional, respaldados por asignaciones presupuestarias específicas.En materia deportiva, se reporta un incremento significativo de inversiones destinadas a la mejora de infraestructuras deportivas bajo criterios de accesibilidad, la aplicación de la Norma Técnica A.120 del Reglamento Nacional de Edificaciones, y la ejecución de acciones de mantenimiento, señalización y adecuación en complejos deportivos, así como inversiones multianuales que garantizan condiciones de participación inclusiva para las personas con discapacidad.
El Estado reporta información completa para los tres indicadores del eje (ACADR 1.1, 1.2 y 1.3), cubriendo la totalidad de sus 9 descriptores (100%). La información es pertinente, actualizada y proviene de fuentes oficiales, principalmente del Ministerio de Cultura, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Instituto Peruano del Deporte. No obstante, se identifican limitaciones en la desagregación presupuestaria específica para accesibilidad en algunos planes en…
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El Estado reporta información completa para los tres indicadores del eje (ACADR 1.1, 1.2 y 1.3), cubriendo la totalidad de sus 9 descriptores (100%). La información es pertinente, actualizada y proviene de fuentes oficiales, principalmente del Ministerio de Cultura, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Instituto Peruano del Deporte. No obstante, se identifican limitaciones en la desagregación presupuestaria específica para accesibilidad en algunos planes en proceso de formulación.
Asimismo, se identifica la necesidad de fortalecer sistemas de información que permitan medir de forma homogénea la cobertura, el impacto y la sostenibilidad de las acciones implementadas en los distintos sectores.
Persisten desafíos relacionados con la consolidación de mecanismos de planificación y seguimiento que permitan vincular de manera sistemática los marcos normativos y las políticas aprobadas con asignaciones presupuestarias específicas y sostenibles, particularmente en el ámbito cultural, donde algunos planes de accesibilidad aún se encuentran en etapa de formulación.
2. Se sugiere priorizar la asignación presupuestaria específica para la ejecución de planes de accesibilidad actualmente en elaboración y fortalecer los sistemas de registro y evaluación de la participación efectiva de las personas con discapacidad en estos ámbitos.
Se recomienda establecer mecanismos estandarizados de planificación, presupuesto y monitoreo intersectorial que aseguren la implementación efectiva y sostenida de las medidas de accesibilidad en actividades culturales, turísticas y deportivas, incorporando indicadores de resultados e impacto desagregados para personas con discapacidad.
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
La posibilidad real de acudir al sistema de justicia para resolver conflictos y reclamar derechos, con eficiencia, prontitud, transparencia e imparcialidad.
839 personas
Total
Tabla del informe
539 personas
Total
Masculino · 30-59a · hombres
Tabla del informe
399 personas
Física o Motora
física
Tabla del informe
344 personas
Sensorial
Tabla del informe
146 personas
Total
Masculino · 60a + · hombres
Tabla del informe
109 personas
Total
Masculino · 18-29a · hombres
Tabla del informe
55 personas
Mental o Psíquica
psicosocial
Tabla del informe
41 personas
Intelectual
Tabla del informe
Y 23 datos más en este eje.
Se enfatizaron temas como la discriminación hacia personas con discapacidad y la inclusión laboral, así como el uso de tecnologías en el ámbito judicial. Se destacaron sesiones como el taller "Discapacidad e Inimputabilidad en el Ámbito Penal" y el IV Congreso Nacional e Internacional sobre Acceso a la Justicia de Personas con Discapacidad. - 2023: Se organizaron 19 eventos de capacitación con un enfoque más especializado, beneficiando a 1,823 personas. Se abordaron temas…
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Se enfatizaron temas como la discriminación hacia personas con discapacidad y la inclusión laboral, así como el uso de tecnologías en el ámbito judicial. Se destacaron sesiones como el taller "Discapacidad e Inimputabilidad en el Ámbito Penal" y el IV Congreso Nacional e Internacional sobre Acceso a la Justicia de Personas con Discapacidad. - 2023: Se organizaron 19 eventos de capacitación con un enfoque más especializado, beneficiando a 1,823 personas. Se abordaron temas críticos como la violencia de género y la discapacidad bajo la Ley 30364 y cursos de lengua de señas para personal jurisdiccional.Iniciativas como el curso "El Pleno Goce de Derechos de las Personas con Discapacidad" y talleres sobre la salud mental y la discapacidad reflejan un esfuerzo por abordar aspectos prácticos y teóricos de la accesibilidad judicial. Fuente: Poder Judicial. Informe N° 0004 -2024-BU-CPAJPVYJC-PJ.
En esa línea, durante los años 2021 a 2023, se desarrollaron diversas actividades enfocadas en la capacitación y sensibilización de los operadores judiciales y auxiliares judiciales sobre los derechos de las personas con discapacidad. Estas actividades se alinearon estrechamente con los ejes temáticos definidos en las Reglas de Brasilia y en el Protocolo Intersectorial para la participación del Estado peruano ante los sistemas de protección internacional de los derechos…
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En esa línea, durante los años 2021 a 2023, se desarrollaron diversas actividades enfocadas en la capacitación y sensibilización de los operadores judiciales y auxiliares judiciales sobre los derechos de las personas con discapacidad. Estas actividades se alinearon estrechamente con los ejes temáticos definidos en las Reglas de Brasilia y en el Protocolo Intersectorial para la participación del Estado peruano ante los sistemas de protección internacional de los derechos humanos. A continuación, se resumen de actividades: Año 2021: Se realizaron un total de 303 actividades académicas, beneficiando a 82,499 personas. Año 2022: Se llevaron a cabo 139 actividades con 25,933 participantes.Año 2023: Se han efectuado 165 actividades, con un alcance de 23,177 beneficiarios.
Se identifican avances sustantivos respecto al informe 2019, destacando la aprobación del Protocolo para la Atención de las Personas con Discapacidad mediante la Resolución N.º 000264-2022-JUS-DGDPAJ, inexistente en el período anterior.En comparación con el Tercer Informe de Cumplimiento, se observa la continuidad en el reconocimiento de la obligación estatal de garantizar ajustes procesales para las personas con discapacidad en el sistema de justicia. El cuarto informe…
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Se identifican avances sustantivos respecto al informe 2019, destacando la aprobación del Protocolo para la Atención de las Personas con Discapacidad mediante la Resolución N.º 000264-2022-JUS-DGDPAJ, inexistente en el período anterior.En comparación con el Tercer Informe de Cumplimiento, se observa la continuidad en el reconocimiento de la obligación estatal de garantizar ajustes procesales para las personas con discapacidad en el sistema de justicia. El cuarto informe amplía la presentación de información mediante cuadros y registros administrativos, lo que evidencia un esfuerzo por sistematizar las acciones relacionadas con el acceso a la justicia.En materia de capacidad jurídica, la atención especializada en apoyos y salvaguardias representa un avance cualitativo frente al enfoque predominante en ajustes procesales reportado en 2019.
La sociedad civil abordó principalmente tres áreas: a) acciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; b) Registros de CONADIS y c) acciones del Poder Judicial y el Ministerio Público vinculadas al ejercicio de la capacidad jurídica y acceso a la justicia de personas con discapacidad. a) Acciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Destacan la información con que cuenta el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, particularmente el Servicio de Defensa…
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La sociedad civil abordó principalmente tres áreas: a) acciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; b) Registros de CONADIS y c) acciones del Poder Judicial y el Ministerio Público vinculadas al ejercicio de la capacidad jurídica y acceso a la justicia de personas con discapacidad. a) Acciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Destacan la información con que cuenta el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, particularmente el Servicio de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, precisando que la variable discapacidad fue implementada en el año 2021 en el registro de patrocinios asumidos en caso de violencia contra personas con discapacidad. b) Registros de CONADIS En similar sentido, destacan la información que cuenta CONADIS en relación a personas con discapacidad que concurrieron a dicha institución para recibir atención relacionada con el acceso a la justicia. c) Acciones del Poder Judicial y el Ministerio Público vinculadas al ejercicio de la capacidad jurídica y acceso a la justicia de personas con discapacidad.
Su aplicación ha permitido un aumento progresivo de casos atendidos: 396 en 2022, 928 en 2023 y 700 casos solo hasta julio de 2024, evidenciando una mejora en la identificación y atención de esta población.Protocolo de Evaluación de Barreras de Comunicación: Aprobado en 2024, mediante Resolución Administrativa Nº 068-2024-CE-PJ, este protocolo brinda orientaciones a los trabajadores sociales y equipos multidisciplinarios para detectar barreras comunicativas y necesidades de…
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Su aplicación ha permitido un aumento progresivo de casos atendidos: 396 en 2022, 928 en 2023 y 700 casos solo hasta julio de 2024, evidenciando una mejora en la identificación y atención de esta población.Protocolo de Evaluación de Barreras de Comunicación: Aprobado en 2024, mediante Resolución Administrativa Nº 068-2024-CE-PJ, este protocolo brinda orientaciones a los trabajadores sociales y equipos multidisciplinarios para detectar barreras comunicativas y necesidades de apoyo en personas con discapacidad o personas adultas mayores.Programa de Justicia Itinerante: comprende la instalación de mesas de justicia itinerante para la recepción de denuncias por violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar, la realización de audiencias en regiones rurales o de difícil acceso, el uso de lenguajes adecuados, ferias simultáneas de justicia, capacitaciones especializadas y la implementación de ajustes razonables en las 35 cortes superiores del país[4].C.1) Limitaciones en el registro y acceso a información desagregadaA pesar de estos avances, el Poder Judicial no cuenta con registros desagregados que permitan identificar variables esenciales como edad, sexo, región, identidad de género, autoidentificación étnica o condición de discapacidad en los procesos judiciales vinculados a delitos contra la libertad sexual o contra la vida, el cuerpo y la salud (en sus diversas modalidades).Entre enero de 2020 y julio de 2025, si bien se reportan casos en dichas materias, no se dispone de información que precise la afectación diferenciada hacia personas con discapacidad.
La prevalencia de la violencia sexual como la forma más reportada entre personas con discapacidad coincide con los patrones de vulnerabilidad y riesgo documentados a nivel internacional, en los cuales la discapacidad se cruza con el género, la dependencia económica y las barreras comunicacionales, incrementando el riesgo de abuso y la dificultad de denuncias.B) Registros de CONADIS[2]Adicionalmente, se informa que entre 2021 y septiembre de 2025, un total de 30 156 personas…
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La prevalencia de la violencia sexual como la forma más reportada entre personas con discapacidad coincide con los patrones de vulnerabilidad y riesgo documentados a nivel internacional, en los cuales la discapacidad se cruza con el género, la dependencia económica y las barreras comunicacionales, incrementando el riesgo de abuso y la dificultad de denuncias.B) Registros de CONADIS[2]Adicionalmente, se informa que entre 2021 y septiembre de 2025, un total de 30 156 personas recurrieron al CONADIS para recibir atención relacionada con el acceso a la justicia. De este grupo, 10 920 son mujeres y 19 236 son hombres. En cuanto a la autoidentificación étnica, 616 personas se reconocieron como originarias de la Amazonía, mientras que 280 se identificaron como originarias de la región andina.
Ampliar la cobertura territorial de los servicios de defensa pública accesible.
2. Fortalecer la implementación del Protocolo de Atención mediante capacitación continua a operadores de justicia.
3. Incorporar variables de discapacidad, género, edad, etnicidad y orientación sexual en todos los sistemas de información del MINJUSDH, CONADIS, Ministerio Público y Poder Judicial, para generar datos comparables y monitorear la violencia contra personas con discapacidad
Consolidar un plan nacional específico para garantizar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, incluyendo a aquellas privadas de libertad.
Evaluación de pares Informe oficial Informe sombra
El derecho a vivir sin violencia, incluidas la explotación, el abuso y el maltrato.
Los casos presentan una variedad de estados procesales, incluyendo: "En plazo de impugnación", indica que las partes procesales se encuentran dentro del plazo de apelación."Sentenciado/Resuelto", indica procesos concluidos con una resolución judicial firme."En calificación", sugiere una evaluación previa a la admisión de la demanda.Las fechas de ingreso de los casos abarcan desde 01 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2023. En esa línea, es destacable la inclusión del…
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Los casos presentan una variedad de estados procesales, incluyendo: "En plazo de impugnación", indica que las partes procesales se encuentran dentro del plazo de apelación."Sentenciado/Resuelto", indica procesos concluidos con una resolución judicial firme."En calificación", sugiere una evaluación previa a la admisión de la demanda.Las fechas de ingreso de los casos abarcan desde 01 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2023. En esa línea, es destacable la inclusión del enfoque de género en el tratamiento de estos casos, considerando que una proporción significativa de las víctimas son mujeres, lo que refleja la interseccionalidad de las vulnerabilidades enfrentadas por las personas con discapacidad en contextos de violencia de género Fuente: Poder Judicial. Oficio N° 77-2024-RT-CPAJPVYJC-CS-PJ. Anexo: Informe N° 0004 -2024-BU-CPAJPVYJC-PJ. Fecha: 09.04.2024
Fecha: 09.04.2024 Se remite información detallada sobre las sentencias y resoluciones emitidas en procesos judiciales vinculados a violencia hacia personas con discapacidad, desagregadas por año[1].En 2022 se identificaron 63 expedientesEn 2023 se identificaron 25 expedientesEn 2024 se identificaron 291 expedientes [1] Poder Judicial. Oficio N°00050-2025-RT-CPAJPVYJC-CS-PJ. Fecha: 30.05.2025
Con fuentes alternativas, del Programa Warmi Ñan, entre 2020 y 2023 (se excluyen los que exceden del período a evaluar), se registran los siguientes casos de violencia sexual[1]:2020: 379 casos2021: 605 casos2022: 806 casos2023: 837 casosSeñalan que, pese a ver una tendencia ascendente y preocupante, destacan que muchas mujeres con discapacidad no presentan denuncias, debido a las barreras físicas, institucionales y socioculturales que dificultan el acceso a la…
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Con fuentes alternativas, del Programa Warmi Ñan, entre 2020 y 2023 (se excluyen los que exceden del período a evaluar), se registran los siguientes casos de violencia sexual[1]:2020: 379 casos2021: 605 casos2022: 806 casos2023: 837 casosSeñalan que, pese a ver una tendencia ascendente y preocupante, destacan que muchas mujeres con discapacidad no presentan denuncias, debido a las barreras físicas, institucionales y socioculturales que dificultan el acceso a la justicia.Además, cuestionan la falta de desagregación de la información por sexo, edad o tipo de discapacidad.Por otro lado, abordan la violencia obstétrica señalando que, entre 2021 y julio de 2025, la superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) registró 19 denuncias por violencia obstétrica:4 casos correspondieron a niñas de 11 a 15 años,15 casos a mujeres de 19 a 55 años.Los motivos de denuncia incluyeron:Negación de servicios de salud (1 caso),Postergación injustificada (2 casos),Inadecuada atención médica (12 casos),Maltrato físico o verbal (2 casos),Exhibición del cuerpo sin consentimiento (1 caso),Violencia obstétrica no especificada (1 caso)Nuevamente cuestionan la falta de desagregación de la información por sexo, edad y discapacidad, calificándola como una forma de invisibilización institucional. [1] https://portalestadistico.warminan.gob.pe/tipos-de-poblacion/
Se destaca la aprobación del Protocolo de Atención de Buena Calidad en el Proceso Especial de Tutela Frente a la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar (Resolución Administrativa N° 000038-2022-CE-PJ de 14 de febrero de 2022) y que considera a las personas con discapacidad.En relación con el informe anterior, destaca que el Estado haya logrado recopilar información para poder dar respuesta a los tres descriptores del presente indicador (100%), lo…
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Se destaca la aprobación del Protocolo de Atención de Buena Calidad en el Proceso Especial de Tutela Frente a la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar (Resolución Administrativa N° 000038-2022-CE-PJ de 14 de febrero de 2022) y que considera a las personas con discapacidad.En relación con el informe anterior, destaca que el Estado haya logrado recopilar información para poder dar respuesta a los tres descriptores del presente indicador (100%), lo que fue un compromiso del proceso anterior.
A) Violencia sexual y reproductiva contra personas con discapacidadLa violencia sexual y reproductiva hacia personas con discapacidad continúa siendo una problemática estructural y persistente en el Perú. Según el Programa Warmi Ñan, entre 2020 y septiembre de 2025 se registraron los siguientes casos de violencia sexual contra esta población:2020: 379 casos2021: 605 casos2022: 806 casos2023: 837 casos2024: 990 casos2025 (hasta septiembre): 816 casos[1]Aunque estas cifras…
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A) Violencia sexual y reproductiva contra personas con discapacidadLa violencia sexual y reproductiva hacia personas con discapacidad continúa siendo una problemática estructural y persistente en el Perú. Según el Programa Warmi Ñan, entre 2020 y septiembre de 2025 se registraron los siguientes casos de violencia sexual contra esta población:2020: 379 casos2021: 605 casos2022: 806 casos2023: 837 casos2024: 990 casos2025 (hasta septiembre): 816 casos[1]Aunque estas cifras reflejan una tendencia ascendente y preocupante en la incidencia de la violencia sexual contra personas con discapacidad, es importante destacar que muchas mujeres con discapacidad no presentan denuncias, debido a las barreras físicas, institucionales y socioculturales que dificultan su acceso a la justicia.
El MINSA reportó la entrega de:4 kits (2020)4 kits (2021)8 kits (2022)22 kits (2023)20 kits (2024)15 kits (2025, hasta septiembre)[2]Por su parte, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), desde 2021, registra la entrega de kits a víctimas con discapacidad:70 kits (2021)123 kits (2022)123 kits (2023)134 kits (2024)102 kits (2025, hasta septiembre)[3]Si bien se observa una mejora progresiva en el registro del MIMP, el número de kits sigue siendo insuficiente…
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El MINSA reportó la entrega de:4 kits (2020)4 kits (2021)8 kits (2022)22 kits (2023)20 kits (2024)15 kits (2025, hasta septiembre)[2]Por su parte, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), desde 2021, registra la entrega de kits a víctimas con discapacidad:70 kits (2021)123 kits (2022)123 kits (2023)134 kits (2024)102 kits (2025, hasta septiembre)[3]Si bien se observa una mejora progresiva en el registro del MIMP, el número de kits sigue siendo insuficiente frente al total de casos reportados, lo que revela una brecha grave en la cobertura y articulación de los servicios de atención integral para víctimas con discapacidad.Además, no existe un mecanismo de registro intersectorial entre el MINSA y el MIMP que permita identificar de forma unificada y desagregada —por sexo, edad, tipo de discapacidad o región— a las víctimas atendidas, ni evaluar la continuidad o calidad de los servicios brindados.
Si bien se avanzó en la información reportada, se reitera la necesidad de contar con un sistema especifico de denuncias para poder generar datos estadísticos.
Se observa la falta de desagregación de información por género, etnia/pueblos originarios, edad y tipo de discapacidad.
Por otro lado, el descriptor c) sobre sentencias/resoluciones/decisiones, no se abordó en la forma debida, por lo que, para el próximo informe del Estado, se sugiere analizar los casos que ya están identificando para poder desagregar por casos favorables y desestimados.
Se alienta al Estado ampliar la aplicación a todo ámbito y proceso judicial el Protocolo de Atención de Buena Calidad en el Proceso Especial de Tutela Frente a la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
2. Crear un sistema unificado de información entre el MINSA, MIMP y SUSALUD, que registre casos de violencia sexual y obstétrica desagregados por tipo de discapacidad, edad, sexo, orientación sexual y región, con enfoque interseccional y de derechos humanos.
Evaluación de pares Informe oficial
La inclusión de la discapacidad en la gestión del riesgo de desastres, la respuesta a emergencias y los planes de recuperación.
Desde 2019, el INDECI registra información estadística referente a poblaciones vulnerables afectadas por emergencias y desastres, que incluye la variable personas con discapacidad. Para tal fin, el INDECI sigue el Manual de registro de Información de emergencias y desastres, disponible en el siguiente enlace: https://portal.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2019/01/201705101716401.pdf A su vez, en el 2023, la Presidencia del Consejo de Ministros emitió la Resolución…
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Desde 2019, el INDECI registra información estadística referente a poblaciones vulnerables afectadas por emergencias y desastres, que incluye la variable personas con discapacidad. Para tal fin, el INDECI sigue el Manual de registro de Información de emergencias y desastres, disponible en el siguiente enlace: https://portal.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2019/01/201705101716401.pdf A su vez, en el 2023, la Presidencia del Consejo de Ministros emitió la Resolución Ministerial N° 324-2023-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades – EDAN”.
Dicha información se encuentra en el siguiente link: https://portal.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2019/02/PLAN-DE-CONTINGENCIA-NACIONAL-SISMO-Y-TSUNAMI-COSTA-CENTRAL-30.05.2019VF.pdf Lineamientos para la implementación del Proceso de Preparación y la formulación de los planes de preparación en los tres niveles de gobierno, que señala en su objetivo que los planes son formulados en concordancia con la normativa vigente, considerando en la base legal la Ley N° 30787, Ley…
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Dicha información se encuentra en el siguiente link: https://portal.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2019/02/PLAN-DE-CONTINGENCIA-NACIONAL-SISMO-Y-TSUNAMI-COSTA-CENTRAL-30.05.2019VF.pdf Lineamientos para la implementación del Proceso de Preparación y la formulación de los planes de preparación en los tres niveles de gobierno, que señala en su objetivo que los planes son formulados en concordancia con la normativa vigente, considerando en la base legal la Ley N° 30787, Ley que incorpora el enfoque de derechos en favor de las personas afectadas o damnificadas por desastres, cuyo link es el siguiente: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/523260/RM_N__050-2020-PCM.pdf?v=1581712040 Plan de Contingencia Nacional ante Bajas Temperaturas, que señala que su objetivo general es proteger a la población damnificada y afectada, y considera en la base legal la Ley N° 30787, Ley que incorpora el enfoque de derechos en favor de las personas afectadas o damnificadas por desastres.Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de operaciones de emergencia en los tres niveles de gobierno, que señala en el objetivo que la formulación de los planes de operaciones de emergencia es en concordancia con el PLANAGERD y con un enfoque de derechos; y considera en su base legal la Ley N° 30787, Ley que incorpora el enfoque de derechos en favor de las personas afectadas o damnificadas por desastres, la información se encuentra en el siguiente link: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/912462/RM_N__136-2020-PCM.pdf?v=1683669472Lineamientos para la implementación del Proceso de Rehabilitación y formulación de los planes de rehabilitación en los tres niveles de gobierno, considerando la base legal para la formulación de los planes, la Ley N° 30787, Ley que incorpora el enfoque de derechos en favor de las personas afectadas o damnificadas por desastres, cuyo link, es el siguiente: https://portal.indeci.gob.pe/wp-content/uploads/2020/03/LINEAMIENTOS-PROCESO-DE-REHAB-Y-FORM-EN-3-NIVELES-DE-GOB-aprobado-con-RM-N%C2%B0-149-2020-PCM.pdf Fuente: INDECI.
Se observa que se consolidó un trabajo con estándares de accesibilidad mediante la aplicación de la Guía para la Elaboración de Materiales de Comunicación Social Inclusivos y Accesibles” aprobada mediante Resolución Jefatural N° 331-2021-INDECI, del 21.12.2021.
Los dos indicadores, incluido el nuevo incorporado en el presente proceso de evaluación, fueron respondidos, así como también, cada uno de sus descriptores (100%). La información es pertinente y responde al período evaluado. La fuente de la misma es oficial.
Se sugiere actualizar el Manual para la Gestión y Coordinación de Albergues en el Perú, que data del año 2018, abordando específicamente los derechos de las personas con discapacidad, por ejemplo, apoyos, ajustes, accesibilidad, entre otros, que se necesitan implementar en albergues ante situaciones de emergencias, catástrofes y desastres.
Actualizar el Manual para la Gestión y Coordinación de Albergues en el Perú según estándares de derechos humanos
2. Considerar la participación de las organizaciones de las personas con discapacidad en cualquier elaboración o actualización de políticas relacionadas con situaciones de emergencias, catástrofes y desastres
Evaluación de pares Informe oficial
La cooperación internacional como apoyo a los esfuerzos nacionales, con alianzas entre Estados, sector privado y sociedad civil.
CARÁCTERFUENTE COOPERANTEINTERVENCIÓNINICIOTÉRMINOEJECUTOR (ES)OficialCooperación Alemana Al Desarrollo - Agencia de la Giz en el PerúCOVID-19: Resiliencia Para Mujeres Microempresarias, Población Refugiada Venezolana Y Personas Con Discapacidad En Lima En Perú1/10/202229/02/2024Caritas del PerúOficialDEUTSCHE GESELLSCHAFT FUR INTERNATIONALE ZUSAMMENARBEIT (GIZ)Mejora del acceso a los servicios de salud para la integración y protección de los migrantes, refugiados y…
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CARÁCTERFUENTE COOPERANTEINTERVENCIÓNINICIOTÉRMINOEJECUTOR (ES)OficialCooperación Alemana Al Desarrollo - Agencia de la Giz en el PerúCOVID-19: Resiliencia Para Mujeres Microempresarias, Población Refugiada Venezolana Y Personas Con Discapacidad En Lima En Perú1/10/202229/02/2024Caritas del PerúOficialDEUTSCHE GESELLSCHAFT FUR INTERNATIONALE ZUSAMMENARBEIT (GIZ)Mejora del acceso a los servicios de salud para la integración y protección de los migrantes, refugiados y población de acogida vulnerables21/08/202320/03/2024Federation Handicap InternationalOficialInter-American Foundation - Fundacion InteramericanaConstruyendo redes de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de personas con discapacidad1/01/201715/03/2024Sociedad y discapacidad: estudios, asesoria e integracion de la persona con discapacidadOficialAgencia de Cooperación Internacional del JAPÓN - JICA Programa para personas de tercera edad y/o con discapacidad física y mental1/08/20225/11/2024Asociación Peruano Japonesa/Agencia De Cooperación Internacional Del Japón - JICANo GubernamentalFundacion Jpmorgan ChaseIncremento del Trabajo y la Inserción laboral en la industria de la tecnología de la información de jóvenes de Pachacutec, Ventanilla Y Región Callao22/08/202330/09/2025Desarrollo Integral de Nuevo PachacutecNo GubernamentalSeva FoundationPerú Apoyo Pediátrico1/06/20231/09/2024Asociacion Civil Divino Niño JesusNo GubernamentalWellspring Philanthropic FundApoyo a Operaciones Generales 1/01/202331/12/2025Sociedad y discapacidad: estudios, asesoria e integracion de la persona con discapacidadNo GubernamentalAcacia Fonds Für EntwicklungszusammenarbeitCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalAsociacion para la proteccion de niños y jovenes en America LatinaCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalL'association Kallpa-Genève (Asociacion Kallpa - Ginebra)Centro de jóvenes y empleo inclusivo fase II1/08/202131/07/2024Asociacion Kallpa para la promocion integral de la salud y el desarrolloNo GubernamentalSwiss Welfare OrganisationCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalGls Zukunftsstiftung EntwicklungCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalKindernothilfe E.V.Centro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalBritish Foreign School SocietyImproving inclusive education for children with deafblindness and multiple disabilities in Perú1/02/202131/01/2024Sense Internacional - PeruNo GubernamentalLatin American Children´S TrustImproving inclusive education for children with deafblindness and multiple disabilities in Perú1/02/202131/01/2024Sense Internacional - PeruNo GubernamentalSense InternationalTodos juntos por la educación: rompiendo barreras para los niños con sordoceguera (fase 2)1/08/202331/07/2026Sense Internacional - PeruNo GubernamentalAynimundo NederlandCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalStichting Triodos FoundationCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDONo GubernamentalMariamarina FoundationCentro de Atención a la Diversidad1/01/202131/12/2024AYNIMUNDO En adición, cabe informar que en el 2023, el Estado peruano aprobó la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 mediante el Decreto Supremo N° 008-2023-RE.
Al respecto, debe considerarse que la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 008-2023-RE, incluye la discapacidad como uno de sus temas transversales, reconociendo en su calidad de política pública contribuye a la atención de grupos en situación de especial protección, como las personas con discapacidad.
El único indicador del tema fue respondido y de los 3 descriptores se respondió el 100%. Sin embargo, los descriptores b y c tienen la misma respuesta, que hace referencia a la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, sin tener mayor desarrollo. Por tanto, la información es parcialmente pertinente. La fuente es oficial.
Se destaca que la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 considere dentro de sus temas transversales a la discapacidad
Por otro lado, será un desafío abordar en un próximo informe la variable alcance de la cooperación (sur-sur, hemisférica, bilateral, triangular), así como también, desarrollar los descriptores b y c.
Es de suma importancia que el Estado armonice su ordenamiento jurídico con los artículos 29 de la Convención ONU y artículo V de la CIADDIS, ambas relacionadas a la promoción la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan y que no sea un impedimento para ellas la Ley N° 27.692, de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), particularmente la modificación que se hizo recientemente por la Ley N° 32.301 de 15 de abril de 2025, específicamente su artículo 21, sobre determinación de las infracciones, literal c, sobre infracciones muy graves, numeral 2, que establece “Hacer uso indebido de los recursos y donaciones de la cooperación técnica internacional o aplicar los mismos a fines distintos para los cuales fueron previstos. Entre otros, constituye uso indebido, utilizar los citados recursos para asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma, o modalidad, acciones administrativas, judiciales o de otra naturaleza, en instancias nacionales o internacionales, contra el Estado Peruano”.
2. En un próximo informe se espera que se vea reflejado cómo la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 influyó en materia de discapacidad en el ámbito de cooperación internacional.
Adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales, las medidas legislativas o de otro carácter necesarias para que la Ley N°21.692, de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, no sea un impedimento para la aplicación en el Perú de los artículos 29 de la Convención ONU y artículo V de la CIADDIS, ambas relacionadas a la promoción la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, en contextos de cooperación internacional.
Evaluación de pares Informe oficial
El derecho a tomar las propias decisiones y a que la ley las reconozca, en igualdad con las demás personas.
Fuentes: (1) CONADIS. Oficio N° D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024(2) Poder Judicial. Informe N° 0004 -2024-BU-CPAJPVYJC-PJ. Fecha: 09.04.2024 Mediante Resolución Ministerial N° 347-2021-MIMP, se aprobó el Protocolo denominado “Protocolo para otorgar ajustes razonables a las personas con discapacidad para la manifestación de su voluntad en actos que produzcan efectos jurídicos”. El Protocolo se encuentra disponible en el siguiente enlace:…
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Fuentes: (1) CONADIS. Oficio N° D000585-2024-CONADIS-PRE. Fecha: 24.04.2024(2) Poder Judicial. Informe N° 0004 -2024-BU-CPAJPVYJC-PJ. Fecha: 09.04.2024 Mediante Resolución Ministerial N° 347-2021-MIMP, se aprobó el Protocolo denominado “Protocolo para otorgar ajustes razonables a las personas con discapacidad para la manifestación de su voluntad en actos que produzcan efectos jurídicos”. El Protocolo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/CONADIS/informes-publicaciones/2573217-protocolo-para-otorgar-ajustes-razonables-a-las-personas-con-discapacidad
Mediante Decreto Legislativo Nº 1384 del 04.09.2018, se modificó el Código Civil, reconociendo que las personas con discapacidad tienen capacidad de ejercicio en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida, eliminándose la interdicción por motivos de discapacidad y creando la figura de apoyos y salvaguardias para viabilizar la manifestación de voluntad de las personas con discapacidad. Con la finalidad de regular las disposiciones que se desprendían de la citada…
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Mediante Decreto Legislativo Nº 1384 del 04.09.2018, se modificó el Código Civil, reconociendo que las personas con discapacidad tienen capacidad de ejercicio en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida, eliminándose la interdicción por motivos de discapacidad y creando la figura de apoyos y salvaguardias para viabilizar la manifestación de voluntad de las personas con discapacidad. Con la finalidad de regular las disposiciones que se desprendían de la citada norma, se aprobó el Reglamento que regula el otorgamiento de ajustes razonables, designación de apoyos e implementación de salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, mediante el Decreto Supremo N° 016-2019-MIMP del 25.08.2019.
El Estado ya había informado en el 2019 la publicación de la ley N° 29.973, Ley General de la Persona con Discapacidad, particularmente el numeral 9.1 de su artículo 9, el cual establece que la persona con discapacidad tiene capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida, en igualdad de condiciones que las demás. Por ello, se destacan los esfuerzos para la implementación efectiva de dicha ley, en especial la adopción del Protocolo para atender las solicitudes de ajustes…
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El Estado ya había informado en el 2019 la publicación de la ley N° 29.973, Ley General de la Persona con Discapacidad, particularmente el numeral 9.1 de su artículo 9, el cual establece que la persona con discapacidad tiene capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida, en igualdad de condiciones que las demás. Por ello, se destacan los esfuerzos para la implementación efectiva de dicha ley, en especial la adopción del Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, denominado “Protocolo para otorgar ajustes razonables a las personas con discapacidad para la manifestación de su voluntad en actos que produzcan efectos jurídicos”, mediante Resolución Ministerial N° 347-2021-MIMP del 16.12.2021.
De los 2 indicadores se respondió el 100%, y de los 5 descriptores se respondió el 80 % (4 de 5). La información es pertinente y acorde al período evaluado. La fuente es oficial.
Para el próximo periodo, resulta esencial que el Estado implemente efectivamente la Estrategia para la adecuada implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y su objetivo, particularmente la Línea de acción 1, que consiste en ejecutar intervenciones orientadas a la restitución de la capacidad jurídica, a través de acciones de colaboración interinstitucional que permitan iniciar los procesos necesarios para dejar sin efecto, caso por caso, las sentencias de interdicción vigentes.
2. Aprobar y ejecutar la estrategia para la adecuada implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
Generar estadísticas sobre el número de interdicciones revocadas, desagregadas por año y por género
Evaluación de pares Informe oficial
Los servicios de habilitación y rehabilitación a lo largo de toda la vida, con énfasis en la primera infancia.
22.121 personas
Total
Tabla del informe
21.974 personas
Total
urbana · indígena
Tabla del informe
21.963 personas
Total
Tabla del informe
21.857 personas
Total
Tabla del informe
12.028 personas
Física
Tabla del informe
8.462 personas
Adultos (30-59 Años)
30-59
Tabla del informe
5.962 personas
Total
2022 · 2022
Tabla del informe
5.928 personas
Total
2022 · 2022
Tabla del informe
Y 167 datos más en este eje.
Documento Técnico “Rehabilitación Profesional y Social a Distancia para personas con discapacidad y sus familias, aprobado mediante Resolución N°06-GCPAMyPCD-ESSALUD.Manual de buenas prácticas y buen trato a la persona con discapacidad, aprobada mediante Resolución N° 889-GG-ESSALUD-2020.Guía para el soporte psicológico y reintegración social y laboral de personas con discapacidad post COVID-19, aprobado con Resolución N°10-GCPAMyPCD-2020.Estándares mínimos para el…
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Documento Técnico “Rehabilitación Profesional y Social a Distancia para personas con discapacidad y sus familias, aprobado mediante Resolución N°06-GCPAMyPCD-ESSALUD.Manual de buenas prácticas y buen trato a la persona con discapacidad, aprobada mediante Resolución N° 889-GG-ESSALUD-2020.Guía para el soporte psicológico y reintegración social y laboral de personas con discapacidad post COVID-19, aprobado con Resolución N°10-GCPAMyPCD-2020.Estándares mínimos para el funcionamiento de los CERPS y MBRPS, aprobado con resolución N°13-GCPAMyPCD-ESSALUD-2020.Disposiciones transitorias para la reapertura de los quioscos de EsSalud que son administrados por personas con discapacidad, usuarias de los CERPS y MBRPS de EsSalud”; el “Acta de Compromiso” y la “Lista de Productos autorizados para el expendio en los quioscos de EsSalud administrados por Personas con Discapacidad”, aprobada mediante Resolución N° 08-CGPAMyPCD-ESSALUD-2021Modifica el documento técnico “Herramientas de valoración, registro, supervisión, programación y reporte de actividades de rehabilitación profesional y rehabilitación social”, aprobada con Resolución N°02-GCPAMyPCD-ESSALUD-2021Disposiciones para el desarrollo de Prestaciones Sociales en los Centros de Rehabilitación Profesional y Social (CERPS) y Módulos Básicos de Rehabilitación Profesional y Social (MBRPS), en el marco de la pandemia por COVID-19, aprobada con Resolución 1509-GG-ESSALUD-2022.Cartera de Servicios de Rehabilitación Profesional y Social del Seguro Social de Salud – EsSalud, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 1340 -GG-ESSALUD-2023.Programa Piloto de Rehabilitación Profesional y Social para Personas con Discapacidad de origen Visual, aprobado mediante Resolución de Gerencia Central N° 19 GCPAMyPCD-ESSALUD-2023.Manual de Escuela de Familia y Discapacidad Versión Familiar – EsSalud 2023”, Aprobado con Resolución N° 05-GCPAMYPCD-ESSALUD-2023.
Cabe mencionar la adopción de las siguientes normas sobre habilitación y rehabilitación:La Ley N°29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, dedica todo el Capítulo IV Salud y Rehabilitación, a las acciones de habilitación y rehabilitación.La Política Nacional Multisectorial de Discapacidad y Desarrollo al 2030, en el Objetivo Prioritario OP3, Lineamiento L3.4, establece se incremente el acceso a los servicios de habilitación y rehabilitación para personas con…
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Cabe mencionar la adopción de las siguientes normas sobre habilitación y rehabilitación:La Ley N°29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, dedica todo el Capítulo IV Salud y Rehabilitación, a las acciones de habilitación y rehabilitación.La Política Nacional Multisectorial de Discapacidad y Desarrollo al 2030, en el Objetivo Prioritario OP3, Lineamiento L3.4, establece se incremente el acceso a los servicios de habilitación y rehabilitación para personas con discapacidad.La Ley N° 31448, Ley que declara de interés nacional el mejoramiento y ampliación de los servicios destinados a la habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad.
Los dos indicadores del eje temático fueron respondidos. De los 11 descriptores se respondió el 100%. La información es pertinente y referida al período evaluado. La fuente de la misma es oficial.
Destaca el aumento de establecimientos de salud que brindan servicios de rehabilitación. Asimismo, se observa un aumento progresivo en el presupuesto asignado en materia de rehabilitación, por lo que se alienta al Estado a continuar en esa senda y realizar los mayores esfuerzos para incrementar los montos.
Se observa la inexistencia de talleres de órtesis y prótesis, lo cual resulta fundamental para el ejercicio del derecho a la habilitación y rehabilitación.
Realizar los mayores esfuerzos para iniciar una política que considere la creación de talleres de órtesis y prótesis
2. Llegar con servicios de habilitación y rehabilitación a cada uno de los sectores de la población con discapacidad, incluido en zonas rurales y áreas indígenas.
Evaluación de pares Informe oficial
El derecho a vivir en la comunidad, elegir dónde y con quién vivir, y contar con servicios de asistencia domiciliaria y apoyo comunitario.
483 personas
Total usppd
Población atendida · 25 · psicosocial
Tabla del informe
34 años
Esperanza
Población atendida · 25 · psicosocial
Tabla del informe
487 personas
2015-2024
Nº de usuarios atendidos por zona de intervención · psicosocial · 2015
Tabla del informe
402 personas
2018-2024
Nº de usuarios atendidos por zona de intervención · psicosocial · 2018
Tabla del informe
379 personas
2015-2024
Nº de usuarios atendidos por zona de intervención · psicosocial · 2015
Tabla del informe
284 personas
2015-2024
Sexo · Hombre · hombres · psicosocial · 2015
Tabla del informe
276 personas
2015-2024
Etapa de Vida · Adultos · psicosocial · 2015
Tabla del informe
228 personas
2018-2024
Sexo · Hombre · hombres · psicosocial · 2018
Tabla del informe
Y 32 datos más en este eje.
Cuenta con capacidad instalada para treinta (30) residentes.Centro de Atención Residencial Cayma: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 006-2022/INABIF, de fecha 19 de enero de 2022, para la atención de veinticinco (25) personas con discapacidad en situación de desprotección, sito en el departamento de Arequipa.Centro de Atención Residencial Wiñay: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 025-2022/INABIF, de fecha 10 de marzo de 2022,…
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Cuenta con capacidad instalada para treinta (30) residentes.Centro de Atención Residencial Cayma: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 006-2022/INABIF, de fecha 19 de enero de 2022, para la atención de veinticinco (25) personas con discapacidad en situación de desprotección, sito en el departamento de Arequipa.Centro de Atención Residencial Wiñay: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 025-2022/INABIF, de fecha 10 de marzo de 2022, para la atención de treinta (30) personas adultas con discapacidad intelectual en situación de desprotección. Ubicado en el departamento de Lima. Centro de Atención Residencial Munay: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 034-2022/INABIF, de fecha 25 de abril de 2022,.
Cuenta con con capacidad instalada para cincuenta (50) residentes.Centro de Atención Residencial Niño Jesús de Praga de Ancón: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 284, de fecha 21 de marzo de 2014, en el departamento de Lima, con perfil de atención para jóvenes y adultos con discapacidad intelectual asociadas a trastorno del desarrollo orgánico cerebral y psicosis. Cuenta con capacidad instalada para cincuenta (55) residentes.Centro de Atención…
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Cuenta con con capacidad instalada para cincuenta (50) residentes.Centro de Atención Residencial Niño Jesús de Praga de Ancón: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 284, de fecha 21 de marzo de 2014, en el departamento de Lima, con perfil de atención para jóvenes y adultos con discapacidad intelectual asociadas a trastorno del desarrollo orgánico cerebral y psicosis. Cuenta con capacidad instalada para cincuenta (55) residentes.Centro de Atención Residencial Renacer: Creado mediante la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 480-2013/INABIF del 13 de junio de 2013 y modificada mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 282-2014/INABIF del 21 de marzo de 2014 se dispone la creación del CAR Renacer, en el departamento de Lima.
Se dio respuesta a los dos indicadores del tema. De los 4 descriptores se respondió el 50% (2 de 4). La información es pertinente y corresponde al período evaluado. La información es de fuente oficial.
El Estado informa no tener antecedentes sobre servicios ofrecidos en situaciones de emergencia, crisis sanitaria, catástrofes y desastres y emergencias humanitarias, así como tampoco reporta la existencia de políticas y programas para el acceso y usabilidad de tecnologías y equipamientos de apoyo para la vida independiente, incluyendo equipamientos de apoyo de bajo costo.
2. Generar políticas y programas para el acceso y usabilidad de tecnologías y equipamientos de apoyo para la vida independiente, incluyendo equipamientos de apoyo de bajo costo.
Crear una estrategia para dar respuesta y ofrecer servicios en casos de situaciones de emergencia, crisis sanitaria, catástrofes y desastres y emergencias humanitarias
El informe de Perú fue evaluado por Chile. De esa evaluación salieron 58 recomendaciones y desafíos. Cada uno está más arriba, dentro del eje al que corresponde, para poder leerlo junto a lo que el país reportó sobre ese tema.
Observaciones sobre la forma en que Perú entregó sus datos. No hablan de la política pública sino del reporte: son las que el país puede corregir por su cuenta antes del quinto ciclo.
El mismo indicador viene reportado por unos países en porcentaje y por otros en cantidad de personas. Sin la unidad, las cifras no se pueden poner una al lado de la otra.
Sugerencia: Indicar siempre si el valor es un número de personas, un porcentaje o un monto, y en qué moneda.
Las cifras escritas dentro de un párrafo no pueden compararse entre países ni seguirse entre ciclos sin volver a leerlas una por una.
Sugerencia: Cargar los valores en las casillas numéricas previstas, y usar el campo de texto para el contexto que las explica.
Un porcentaje mayor que cien indica que se cargó una cantidad donde se esperaba una proporción, o que la unidad quedó implícita.
Sugerencia: Revisar estos campos: en general basta con declarar la unidad o cambiar la casilla.
La plataforma no puede leer una tabla pegada como dato estructurado: hay que reconstruirla, y la reconstrucción puede equivocarse.
Sugerencia: Si la desagregación que se necesita no cabe en el formulario, conviene pedir a la Secretaría que la incorpore antes del próximo ciclo.
El PAD pide los datos desagregados por sexo, tipo de discapacidad, edad y zona. Sin desagregación no se pueden ver las brechas, que es lo que el monitoreo busca.
Sugerencia: Reportar al menos por sexo y tipo de discapacidad, aun cuando la cobertura sea parcial.
Escrito «1.628» no se puede saber si son mil seiscientos veintiocho o uno coma seis dos ocho: el punto se usa como separador de miles y como decimal en el mismo corpus.
Sugerencia: Mantener un solo criterio en todo el informe, y evitar el punto como separador de miles en cifras de cuatro dígitos.
Cifras como 9999 suelen ser marcadores de «sin dato» que quedaron cargados como si fueran un valor real.
Sugerencia: Dejar el campo vacío cuando no hay dato: un campo vacío se distingue de un cero, un 9999 no.